Por: Eduardo Montealegre Lynett
Después de la segunda guerra mundial, se produce una de las grandes transformaciones contemporáneas en el ámbito del derecho: la irradiación de los derechos humanos sobre todo el orden jurídico. Este fenómeno implicó la ruptura de viejas concepciones: la soberanía absoluta de los estados nación; la sacrosanta cosa juzgada; el principio de legalidad; la intangibilidad de ciertos derechos; el abandono definitivo de las cláusulas de la constitución, entendidas como normas programáticas, entre otras categorías que se derrumban. Se introduce un concepto que marcaría el rumbo de la interpretación constitucional: el “pensamiento de la colisión”. Los valores, principios, derechos y garantías institucionales de la Carta, no son absolutos, tienen una protección “prima facie”, porque pueden entrar en contradicción.