Análisis

SÍNTESIS

Un episodio en Piso 8, el programa digital de conversación política y humor conducido por Jhovanoty, terminó con una orden judicial contra Abelardo de la Espriella por haber incurrido en un presunto acoso sexual en vivo. RAYA verificó que el candidato no ha cumplido la retractación y disculpa pública ordenadas por el juzgado. El caso abre un mapa más amplio: respuestas hostiles a periodistas, bloqueos a los temas propuestos, ataques digitales misóginos y litigios contra las mujeres críticas que han cuestionado su oscuro pasado 

Por: Tatiana Portela

En la carrera por la Presidencia de la República, Abelardo de la Espriella ha construido una narrativa de campaña fundamentada en el restablecimiento del orden público, el respeto por la legalidad y la defensa de las instituciones. Sin embargo, esa retórica se desmorona cuando se observa su relación con mujeres que preguntan, investigan o cuestionan cómo ha construído su poder. La discusión no es solo cómo responde a la prensa crítica, sino qué ocurre cuando su repertorio de autoridad —mediática, jurídica, digital y política— se cruza con mujeres periodistas y electoras.

El hecho central ocurrió el 6 de mayo de 2026, en Piso 8, un espacio digital de conversación política, humor y entretenimiento difundido por YouTube y redes sociales. Durante la entrevista, De la Espriella exhibió desde su celular una fotografía íntima y la vinculó con el respaldo del “electorado femenino”. “Con esa foto me gané unos votos bien bacanos del electorado femenino”, afirmó ante el panel. Luego dirigió la pantalla hacia Laura Rodríguez, la única periodista mujer presente en la mesa y la instó a mirar la imagen. Días después, Rodríguez rompió el silencio y dijo que la interacción la hizo sentir “vulnerada, acosada y asqueada”.

El episodio no quedó en una escena incómoda de campaña. Tatiana Echavarría Arango interpuso una acción de tutela contra De la Espriella por la presunta vulneración de derechos fundamentales a la igualdad, la no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, la participación política y la honra. Laura Rodríguez y Piso 8 fueron vinculados como terceros dentro del proceso. En la acción, la discusión de fondo no era solo la incomodidad de una periodista, sino el mensaje público transmitido por un candidato presidencial sobre las mujeres votantes.

El Juzgado 129 Penal Municipal de Bogotá examinó si las expresiones del candidato sobre el “electorado femenino” reproducían estereotipos de género y afectaban la participación política de las mujeres. En sus pretensiones, la accionante pidió que De la Espriella aclarara que esa participación no puede asociarse a referencias sexuales, atributos físicos masculinos ni estereotipos degradantes. El juzgado concedió el amparo el 1 de junio de 2026 y ordenó al candidato retractarse, pedir disculpas públicas y reconocer expresamente que las mujeres votan con inteligencia, discernimiento y opinión.

La defensa de De la Espriella intentó argumentar que ya había existido un “hecho superado” por un mensaje publicado en X el 13 de mayo. Pero el juzgado no aceptó esa tesis. Para el despacho, ese mensaje se refería a Laura Rodríguez, pero no desautorizaba la expresión sobre el “electorado femenino” ni su alcance frente a las mujeres como sujeto político. El fallo también ordenó a Piso 8 reeditar el contenido audiovisual para retirar el segmento en el que se acreditó la vulneración de derechos fundamentales.

Con corte a la fecha de publicación de este artículo, RAYA verificó que De la Espriella no ha cumplido la orden en los términos exigidos por el fallo. Ese incumplimiento es relevante porque el caso compromete una decisión judicial que le ordenó reparar expresiones consideradas vulneradoras de derechos fundamentales de las mujeres. La promesa de legalidad, en este caso, choca con la negativa a cumplir una orden concreta.

La cronología no termina en Piso 8. El 12 de mayo de 2026, De la Espriella tuvo un intercambio tenso con María Lucía Fernández en Noticias Caracol. La periodista le preguntó por una frase suya según la cual “la ética no tiene nada que ver con el derecho” y por lo que eso implicaría en un eventual gobierno. El candidato respondió que la pregunta venía “con veneno”, defendió su formación jurídica y terminó descalificando el cuestionamiento de la periodista. “La ignorancia es atrevida”, dijo en vivo. La pregunta no era personal: apuntaba a la relación entre ética, derecho y poder político.

Otro episodio involucra a Camila Zuluaga, de Blu Radio. La periodista denunció que De la Espriella se negó a concederle una entrevista a ella y a su programa, y que además ordenó a su equipo de prensa no responderle a esa mesa de trabajo. En plena campaña presidencial, el caso abrió una discusión sobre el veto informativo a periodistas que hacen preguntas incómodas o no ofrecen un escenario controlado.

Estos hechos ordenan una misma pregunta pública: qué pasa cuando mujeres periodistas y electoras interpelan a un candidato que ha construido su figura sobre autoridad, fuerza y control. Piso 8 terminó en una orden judicial por vulneración de derechos de las mujeres. María Lucía Fernández recibió una respuesta descalificadora en vivo. Camila Zuluaga denunció un bloqueo informativo. En redes, además, monitoreos independientes han documentado ataques con marcas misóginas contra comunicadoras críticas.

Una investigación de La Liga Contra el Silencio y Colombiacheck identificó ataques contra periodistas y medios críticos en X, YouTube, Instagram y TikTok, con montajes, videos creados con inteligencia artificial, propaganda, desinformación y ataques personales. Según una investigadora que participó en ese monitoreo, parte de esos ataques no puede atribuirse directamente al candidato o a su campaña, pero sí aparecen cuentas y actores cercanos al ecosistema político de Defensores de la Patria y Salvación Nacional.

En el caso de mujeres periodistas, el monitoreo identificó ataques con marcas de género. Se detectaron imágenes creadas o alteradas con inteligencia artificial en las que se modificaba el rostro de periodistas como Juanita León y Ana Bejarano, o se las representaba como “brujas”, llorando o con gestos degradantes. También fueron mencionadas Camila Zuluaga y Ana Cristina Restrepo. Ese tipo de ataque no se limita a controvertir una publicación: busca afectar la imagen pública y la credibilidad de las comunicadoras.

La violencia digital con sesgo misógino no discute necesariamente el contenido de una investigación o de una pregunta. Se dirige contra la apariencia, el rostro, el tono o la presencia pública de las mujeres. Es una forma de violencia simbólica y estética: no responde argumentos, fabrica sospecha; no contradice hallazgos, ridiculiza a quien los formula. En campaña, ese mecanismo no es ruido lateral. Funciona como advertencia para las mujeres que ejercen el periodismo como contrapoder.

En este punto, la lectura de Rita Segato ayuda a nombrar una dimensión política del problema. La antropóloga argentina ha insistido en que los hombres tienen que “desobedecer” y “burlarse” del mandato de masculinidad. La frase sirve para leer lo que aquí aparece en hechos concretos: una imagen íntima convertida en escena de campaña, una periodista presionada a mirar, otra descalificada por preguntar y comunicadoras ridiculizadas en redes. La masculinidad deja de ser un gesto privado y entra a la escena pública como demostración de autoridad.

En el plano judicial aparecen otros casos que completan el mapa, con una precisión necesaria: no todo litigio contra una periodista mujer puede presentarse automáticamente como violencia de género. Su importancia está en mostrar cómo el derecho también ha sido usado frente a mujeres que han fiscalizado a De la Espriella, su trayectoria o la de sus clientes.

Cecilia Orozco, exdirectora de Noticias Uno, columnista de El Espectador y conductora del pódcast En la Raya, enfrentó al menos cuatro procesos judiciales impulsados por De la Espriella. Uno de ellos estuvo relacionado con columnas sobre su papel como abogado del exmagistrado Jorge Pretelt. En esos procesos se incluyeron pretensiones económicas y una anotación de embargo sobre un vehículo. También se solicitó levantar la reserva de la fuente de la periodista, un punto especialmente grave para la libertad de prensa.

Ana Bejarano Ricaurte, abogada, columnista y directora de El Veinte, también ha sido objeto de acciones judiciales anunciadas por De la Espriella tras la publicación de una columna sobre su pasado profesional y su relación con Álex Saab. Ese episodio es distinto al de Piso 8 y no debe mezclarse con él. Sirve para mostrar que el repertorio judicial también ha alcanzado a mujeres que cuestionan al candidato desde el derecho, la opinión y la defensa de la libertad de expresión.

Los datos generales sobre acciones judiciales deben ubicarse como contexto, no como prueba automática del eje de género. Según los insumos revisados por RAYA, entre 2008 y 2019 existían 109 procesos penales por injuria y calumnia contra periodistas, columnistas, activistas y medios en los que De la Espriella aparecía como denunciante. La Silla Vacía identificó además 28 demandas civiles y dos tutelas contra periodistas, columnistas y activistas. Esos números no permiten concluir cuántos casos involucraron mujeres ni cuántos tuvieron marcas misóginas. Sí muestran un uso reiterado de herramientas judiciales frente a voces críticas.

Las implicaciones de este comportamiento de cara a una eventual llegada a la Casa de Nariño son analizadas por Fabiola Calvo, doctora en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid y coordinadora de la Red Colombiana de Periodistas. Para la experta, el acoso basado en género por parte de un aspirante presidencial devela una incapacidad ética e institucional: “Es una muestra de su incapacidad para comprender a ese más del 50% de la población que él pretende gobernar, muestra su inseguridad, tiene que demostrar su hombría a partir del tamaño de sus genitales y además es pensar que las mujeres no tenemos inteligencia y pensamos y votamos a partir de ahí”, señaló.

Calvo advierte que la conducta de De la Espriella desconoce, en su criterio, el bloque de constitucionalidad, así como tratados internacionales como la Convención de Belém do Pará y normas internas como la Ley 1257 de 2008 y la Ley 2365 de 2024, creadas para proteger a las mujeres contra el acoso sexual y la discriminación. “Este hecho hace comprensible su desprecio hacia las mujeres y el desprecio hacia los avances que hemos logrado, por lo que pretende que regresemos nuevamente a la casa, solamente al cuidado, al papel de buenas madres, buenas esposas que cumplen con todos sus deberes... un regreso al siglo XIX y hasta la sociedad feudal”, agregó.

Visto en orden, el mapa queda así: el 6 de mayo se produjo el episodio de Piso 8 con Laura Rodríguez y la referencia al “electorado femenino”; el 12 de mayo ocurrió el intercambio con María Lucía Fernández en Noticias Caracol; en el mismo contexto electoral, Camila Zuluaga denunció un bloqueo informativo; los monitoreos digitales identificaron ataques con marcas misóginas contra comunicadoras; y, como antecedente, mujeres como Cecilia Orozco y Ana Bejarano han enfrentado acciones judiciales o anuncios de acciones judiciales después de cuestionar la trayectoria del candidato.

Lo que está en juego no es solo la libertad de prensa en abstracto. También está la posibilidad de que mujeres periodistas y electoras participen en el debate público sin ser tratadas desde estereotipos sexuales, desautorizadas en vivo, bloqueadas informativamente, atacadas con montajes o sometidas a procesos judiciales que elevan el costo de preguntar. Una campaña presidencial no solo se mide por sus propuestas. También se lee en la forma en que sus candidatos responden a los controles públicos.

Un eventual gobierno no empieza el día de la posesión. Se anuncia en las prácticas de campaña, en la forma de responder preguntas, en el trato a las periodistas y en la capacidad de reconocer límites cuando una autoridad judicial señala una vulneración de derechos. Si un candidato presidencial convierte la masculinidad en argumento, la burla en defensa, el veto en respuesta y el litigio en presión, la pregunta no es solo qué tipo de presidente sería. La pregunta es qué tipo de ciudadanía femenina admite su proyecto político.

Una democracia no se mide únicamente por el conteo de votos. También se mide por las condiciones materiales y simbólicas en que las mujeres pueden votar, preguntar, informar, opinar y ejercer contrapoder. Allí está la disputa: no en una broma aislada, sino en una forma de poder que pretende ordenar quién habla, quién calla y quién tiene derecho a incomodar.

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