La discusión sobre el ingreso de la Policía a los campus universitarios no parte de cero. Colombia ya cuenta con reglas que priorizan el diálogo, la necesidad y la proporcionalidad en contextos de protesta, mientras la Comisión de la Verdad y estudios sobre la Universidad Nacional han documentado décadas de estigmatización y violencia contra la comunidad universitaria. A partir de esos antecedentes, este análisis examina tres ejes del anuncio presidencial: la relación entre autonomía universitaria y orden público; la caracterización de las universidades como “santuarios de la violencia”; y la creación de un nuevo protocolo de actuación policial.
Por: Carolina Jiménez Martín — Profesora del Departamento de Ciencia Política de la Universidad Nacional de Colombia, sede Bogotá.
El pasado 13 de septiembre, el presidente Abelardo De la Espriella anunció que ordenó crear un protocolo nacional para definir la actuación de la Policía dentro de las universidades públicas. En su alocución, explicó así el alcance de la medida:
La autonomía universitaria no está por encima del orden público. Lo que está ocurriendo en algunas universidades del país es inaceptable (…) el terrorismo urbano, el vandalismo y la destrucción de infraestructura y los ataques contra nuestra fuerza pública y la población civil no son protesta (…) la autonomía no convierte los campus en territorios sustraídos de la constitución y la ley o de la autoridad legitima del estado. Por eso he dado instrucciones claras para establecer un protocolo nacional de actuación que permita distinguir cuando estamos frente al ejercicio legítimo de la protesta y cuando existen hechos de violencia, flagrancia (…) la policía nacional será la primera autoridad operativa y podrá actuar cuando desde las universidades se preparen actos vandálicos o terroristas. No voy a permitir que las universidades públicas sigan siendo santuarios de la violencia (...) la autonomía universitaria no es una patente de impunidad, y voy a ir por ustedes, incluso entrando a las universidades para sacarlos y hacerlos pagar (…).
La decisión del ejecutivo ha sido celebrada por un conjunto de actores, entre ellos algunos directivos universitarios, que comparten la narrativa que se ha venido produciendo desde el gobierno nacional y el distrital referida a las universidades públicas como santuarios de la violencia y centros de operación de grupos al margen de la ley. El anuncio gubernamental estuvo precedido por la radicación del proyecto de “Ley anti-capuchos”, presentado por una bancada multipartidista integrada por Centro Democrático, Cambio Radical y Partido Conservador, que establece penas para quienes oculten total o parcialmente su identidad en contextos de manifestaciones.
Lo anterior, abre un conjunto de preocupaciones al interior de las comunidades universitarias frente a las garantías para el goce del derecho fundamental a la educación, el ejercicio de la protesta y el respeto y cuidado de los derechos humanos de las personas que habitamos los campus.
A continuación, se propone un análisis de las falsas premisas sobre las cuales se construye la propuesta de securitización universitaria y se rememora la universidad como víctima de la violencia ejercida por los agentes del Estado.
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Las falsas premisas del anuncio presidencial
Las declaraciones del jefe de estado se soportan en unos postulados que estigmatizan la vida universitaria y desconocen los diseños institucionales existentes sobre el uso de la fuerza en contextos de protesta.
a. Falsa dicotomía entre autonomía universitaria y orden público
El derecho constitucional a la autonomía universitaria halla un límite en la Constitución y la ley. Las comunidades universitarias no han enarbolado la defensa de la autonomía “como una patente de impunidad” para eximirse del cumplimiento de las normas que procuran garantizar el orden público.
Ahora bien, los términos del anuncio presidencial parecerían advertir, que el jefe de estado considera que las universidades públicas deben subordinarse a la política de militarización diseñada en el marco de la Patria Milagro, incluso si esta pone en riesgo el goce del ejercicio del derecho fundamental a la educación superior. Aquí es importante recordar que,
“las universidades del Estado son instituciones que para mantener y preservar su esencia deben estar ajenas a las interferencias del poder político, en consecuencia, no pueden entenderse como parte integrante de la administración, o como organismos supeditados al poder ejecutivo” (C-589/97).
En este sentido, la autonomía si nos protege de asentir frente a políticas gubernamentales que pueden poner en riesgo los fines misionales mandatados constitucional y legalmente. Ahora bien, es necesario recordar, que la búsqueda del orden público no supone generar condiciones que pongan en riesgo el goce de los derechos humanos. Al respecto la Corte Constitucional ha señalado,
“que el orden público no debe ser entendido como un valor en sí mismo sino como el conjunto de condiciones de seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos. El orden público, en el Estado social de derecho, es entonces un valor subordinado al respeto a la dignidad humana, por lo cual el fin último de la Policía, en sus diversas formas y aspectos, es la protección de los derechos humanos. Estos constituyen entonces el fundamento y el límite del poder de policía” (C-813/14).
El ingreso a los campus, en escenarios de protesta, de un cuerpo armado de naturaleza civil como lo es la Policía Nacional, ha tenido consecuencias fatales sobre la vida de los integrantes de la comunidad universitaria y de las personas que habitan los campus. Es necesario señalar que en campus como la sede Bogotá, de la Universidad Nacional de Colombia, donde diariamente transitan 40 mil personas una incursión armada puede escalar escenarios de violencia con desenlaces lamentables.
b. Falsa premisa que las universidades públicas son santuarios de la violencia y espacios despliegue del terrorismo urbano
El presidente de la República señala con vehemencia “no voy a permitir que las universidades públicas sigan siendo santuarios de la violencia”. La palabra santuario proviene del latín sanctuarium, que significa lugar sagrado o templo.
Así las cosas, el jefe de Estado diseña una política soportada en una falsa premisa: las universidades son lugares sagrados para el ejercicio de la violencia y la acción terrorista.
La narrativa que construye el presidente de la República sobre las universidades públicas las presenta como espacios asociados a la violencia. En Colombia, la estigmatización ha fungido como un arma de guerra que reproduce prejuicios y pone en riesgo la vida de las comunidades estigmatizadas.
A diferencia del planteamiento presidencial, las universidades nos reconocemos como centros de pensamiento y producción del conocimiento. Las comunidades universitarias vivimos los campus como territorios de paz y rechazamos el ejercicio de violencia que ponga en riesgo la dignidad de las personas y el respeto de sus derechos humanos.
Las acciones violentas que se presentan al interior de los campus no hacen parte de la vida cotidiana, ni pueden configurarse como el principio orientador para el abordaje de la protesta universitaria. El abordaje militarista aumenta el riesgo y no plantea soluciones efectivas y sostenibles en el tiempo.
También, es preciso cuestionar el uso amplio del término terrorismo para caracterizar al tropel u otro tipo de acciones violentas que se ejerzan en contextos de protesta. El entonces Relator Especial de Naciones Unidas sobre la promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo ha expresado que,
“la adopción de definiciones de terrorismo demasiado amplias puede dar lugar a tergiversaciones deliberadas del término (...). Si la legislación antiterrorista y las actividades asociadas no se circunscriben a combatir conductas que son realmente de carácter terrorista, también se corre el riesgo de que, si tienen por efecto restringir el disfrute de los derechos y libertades, se quebranten los principios de necesidad y proporcionalidad, sobre cuya base se autoriza toda restricción de los derechos humanos”.
En este sentido, la adopción del terrorismo para explicar estas acciones no permite entender la naturaleza del problema y, en consecuencia, plantear abordajes efectivos y contextualizados. Además, puede resultar contraria a las obligaciones internacionales de derechos humanos adoptadas por el Estado colombiano.
c. Falsa premisa de la necesidad de crear un protocolo nacional para el abordaje de acciones violentas en contextos de protesta
El anuncio presidencial no menciona la existencia de dos protocolos para regular el uso de la fuerza legítima. A saber:
- Decreto 003 de 2021 “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del estado y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”. Establece la primacía del diálogo y la mediación en las protestas basado, entre otros, en los principios de la dignidad humana, garantía de derechos, no estigmatización y el uso de la fuerza como último recurso. También, crea una institucionalidad como la mesa nacional de garantías para las manifestaciones públicas, las comisiones de verificación y el comité de expertos de Adhoc. Frente a la actuación policial, establece que la actuación de la Policía Nacional se realizará con la observancia plena de los principios de necesidad, gradualidad, proporcionalidad y racionalidad y en todo caso siempre será el último recurso.
- Decreto 053 de 2020 “Protocolo distrital para la garantía y protección de los derechos a la reunión, manifestación pública y la protesta social pacífica”: establece los lineamientos para la “adopción de medidas basadas en los principios de necesidad, racionalidad, temporalidad, legalidad, diferenciación, focalización y proporcionalidad del uso de la fuerza del estado”, destacando que los miembros de la policía deberán evitar al máximo el uso de la fuerza. De igual manera, establece que la actuación de la UNDMO “será entendida como la última instancia y el último recurso para controlar los actos de violencia que cometan personas o focos específicos dentro de una manifestación pacífica”
Esta normatividad es producto de un diálogo social, del trabajo articulado entre el Estado y las organizaciones defensoras de DD. HH. El anuncio de un nuevo protocolo nacional no hace referencia a los existentes sobre la materia.
En medio de esta discusión, el Ministerio del Interior abrió en septiembre el proceso para reformar el Decreto 003 de 2021. Un borrador de decreto remitido para la reunión convocada por esa cartera el 17 de septiembre modifica el papel del diálogo dentro de la respuesta estatal a las protestas: frente a determinados actos de violencia, establece que este no será un requisito previo para intervenir individualmente contra quienes los ejecuten y permite, bajo ciertas condiciones, prescindir de las etapas de gestores de convivencia, diálogo directo y mediación institucional para avanzar hacia la disuasión y el restablecimiento del orden. El texto prevé además que el diálogo podrá retomarse después de haberse empleado la fuerza. Aunque mantiene el principio de diferenciación y prohíbe el uso generalizado o indiferenciado de la fuerza, la modificación debilita una de las garantías centrales del protocolo: que el diálogo y la mediación antecedan al escalamiento de la intervención estatal.
Debemos recordar que justamente el decreto 1190 de 2025 introduce algunas modificaciones al decreto 003 de 2021 dado el uso excesivo y desproporcional de la fuerza por parte de agentes del ESMAD en contextos de manifestaciones públicas, pacíficas y no violentas. Esta situación, fue denunciada por la Comisión Interamericana de DDHH en el marco de la visita de trabajo a Colombia en 2021 en el contexto del paro nacional.
En el marco de la visita de trabajo, la Comisión Interamericana recibió información sobre graves violaciones a los derechos humanos y distintos obstáculos para garantizar la protesta social. De igual manera, observó el impacto que la polarización y la estigmatización tienen sobre los derechos humanos de las personas manifestantes. Como principales preocupaciones identificó: el uso desproporcionado de la fuerza; la violencia basada en género en el marco de la protesta (…) la CIDH ha podido constatar que, en reiteradas ocasiones, así como en diversas regiones del país, la respuesta del Estado se caracterizó por el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, en muchos casos, incluyendo la fuerza letal.
El uso excesivo y desproporcional de la fuerza por parte de algunos agentes del ESMAD condujo a la muerte de 44 jóvenes, 2053 detenciones arbitrarias en contra de manifestantes, 96 violencias oculares, 35 casos de violencia de género y sexual (INDEPAZ & Temblores (2021)). Pese a la existencia del 003 asistimos al uso de la fuerza incluso en contextos pacíficos de la protesta.
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Universidades públicas víctimas de la violencia estatal
Existe una amplia documentación sobre las violaciones de derechos humanos que ha sufrido el movimiento universitario, algunas de ellas atribuidas a agentes del Estado. Entre los hallazgos de la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad en el “Caso 52 / Universidades y conflicto armado” se establece que,
"La universidad colombiana y los sectores sociales y políticos que la habitan no fueron ajenos a la violencia política, la estigmatización y la persecusión por parte de agentes armados legales e ilegales (…) Entre 1962 y 2011, 588 estudiantes universitarios fueron asesinados (…) Con la creación del ESMAD en 1999 comenzó otra fase del conflicto armado en los entornos universitarios. Documentos revisados por la Comisión evidencian muertes de estudiantes causadas por golpes, balas o “recalzadas”, que implican la reutilización de cartuchos de gas lacrimógeno, rellenado con pólvora, canicas, puntillas y otras formas de metralla capaces de causar daño letal”.
El profesor Mauricio Archila ha documentado el ejercicio de la violencia en la Universidad Nacional de Colombia (1958-2018) destacando los altos niveles de violaciones de derechos humanos a los estamentos universitarios. Al decir del autor, la década de 1998-2007 comprende el período de mayores violaciones de derechos humanos en la Universidad, entre los principales hechos se destacan: 37% detención arbitraria, 16% desaparición forzada, 15% amenaza individual y 12% asesinato. El 49% de estas violaciones tienen como presuntos responsables a agentes del estado.
El período de mayores violaciones coincide con la política de mano dura del presidente Álvaro Uribe, la cual es valorada ampliamente por el actual mandatario nacional, quien también, destaca las medidas adoptadas por el presidente del Salvador Nayib Bukele, acusado por organizaciones defensoras de derechos humanos de usar el régimen de excepción para criminalizar el movimiento universitario.
Justamente estos hechos advierten sobre los riesgos de militarizar los campus a través de la flexibilización del ingreso de la fuerza pública.
Por lo anterior, la posición del rector de la Universidad Nacional de Colombia, el profesor José Ismael Peña, plantea interrogantes frente a las garantías para el conjunto de la comunidad universitaria. Sus pronunciamientos no hacen referencia a esta historia de violencia ni explican cómo se mitigarían los riesgos que puede generar el ingreso de la fuerza pública para contener hechos de violencia en contextos de protesta,
(...) la autonomía universitaria no puede competir con la seguridad en los campus (…) después de pandemia la universidad sufría dos pedreas, dos actividades terroristas por semana (…) la solución al problema es inteligencia (… ) las universidades son autónomas, pero no son soberanas, no son un estado fuera del estado (…) si hay un delito penal la policía tiene el derecho de entrar sin pedirle permiso a nadie (…) estamos dispuestos a sentarnos con el presidente de la república y el equipo que el determine para definir el protocolo para cada situación en que esto amerite (Fuentes: RCN/La FM y Caracol).
En un país atravesado por un conflicto armado que no cesa, la estigmatización y el lenguaje de guerra pueden profundizar los riesgos para la vida democrática. Por eso, resulta necesario seguir trabajando en la búsqueda de la paz y en la solución pacífica de los conflictos.
Justo este 2026, ad portas de celebrar los 10 años de la firma del Acuerdo Final de Paz, declarado por el Consejo Académico de la Universidad Nacional de Colombia como el año de la paz, el acompañamiento de las directivas académico-administrativas de nuestra alma mater a medidas de militarización, estigmatización y represión entra en tensión con ese horizonte y con las garantías necesarias para un pensamiento activo, crítico y deliberante.
