Análisis

SÍNTESIS

Desde las 00:00 del 18 de agosto, una orden de la nueva gerencia de Inravisión convirtió temporalmente la red de 74 frecuencias de Radio Nacional de Colombia en una señal musical centralizada desde Bogotá y suspendió noticias, boletines y programación regional. El Gobierno de Abelardo de la Espriella dice que busca desmontar un “aparato de propaganda”. La medida, que también alcanzó a las 20 Emisoras de Paz, abre una discusión que va más allá de la libertad de prensa: ¿quién controla una infraestructura pública de información y qué ocurre con el derecho de los territorios a producir, recibir y contrastar información?

Por: Fabiola León Posada

El transmisor siguió encendido. El periodismo no. A las 00:00 del martes 18 de agosto, Radio Nacional dejó de emitir franjas informativas, boletines y programación regional bajo un esquema transitorio de espacios “exclusivamente musicales”. La instrucción escrita, conocida por RAYA, ordenó centralizar la emisión desde Bogotá, eliminar las desconexiones regionales y mantener la medida “hasta nueva instrucción”. La decisión no sólo afectó a las 20 Emisoras de Paz: una fuente de Inravisión confirmó a RAYA que la suspensión cobijó todos los estudios descentralizados de Radio Nacional. Esos estudios no son frecuencias adicionales, sino centros regionales desde los que se producen contenidos locales que luego circulan por la red nacional de 74 frecuencias. Documentos públicos de RTVC han identificado, entre otros, estudios en Barranquilla, Bucaramanga, Manizales, Pasto, Quibdó, San Andrés, Valledupar, Villavicencio y Leticia.

Ocho días antes, el 10 de agosto, el propio Sistema de Medios Públicos había reivindicado esas 74 frecuencias como una infraestructura para acompañar e informar a las comunidades afectadas por el terremoto de magnitud 7,4. Inravisión las presentó como un servicio para orientar a la ciudadanía, recibir reportes y poner a circular información desde los territorios.

El 16 de agosto, el Ministerio TIC e Inravisión anunciaron la reestructuración. El Gobierno dijo que buscaba terminar con lo que calificó como un “aparato de propaganda”, revisar contenidos, formatos y contratos y construir un sistema independiente, plural y orientado al interés público. Dos días después, la reorganización no se limitó a desmontar espacios periodísticos cuestionados por el nuevo gobierno: suspendió temporalmente la programación informativa y regional. La secuencia plantea el punto central de esta historia: ¿se puede desmontar un sistema que el Gobierno considera propagandístico suspendiendo el periodismo que se produce en él? La pregunta no equivale a concluir que existe censura; esa calificación está hoy en disputa. Sí obliga a examinar hasta dónde una reorganización administrativa puede interrumpir la función informativa de una red pública.

Leticia muestra de manera concreta lo que esa suspensión significa en un territorio periférico. El 22 de enero de 2026, Inravisión puso en funcionamiento allí nuevos estudios de radio y televisión pública para producir contenidos desde la Amazonía y la triple frontera con Brasil y Perú. Una fuente de Inravisión confirmó a RAYA que ese estudio, como los demás centros descentralizados de Radio Nacional, quedó sin producción informativa durante la suspensión. El mismo 18 de agosto, MinTIC canceló además la licitación por $1,14 billones del proyecto Fibra Óptica para la Amazonía, concebido para ampliar la conectividad de Putumayo y Amazonas; el Ministerio justificó la decisión por riesgos financieros, técnicos, ambientales y de cobertura. Son decisiones distintas: una interrumpió una capacidad pública de producción de información ya instalada y la otra frenó un proyecto de expansión de infraestructura digital. Juntas muestran la fragilidad de los medios materiales con los que la Amazonía puede conectarse y producir información desde su propio territorio.

Las 20 Emisoras de Paz: obligación de Estado

Dentro de Radio Nacional, las 20 Emisoras de Paz tienen una condición particular. Surgieron del numeral 6.5 del Acuerdo Final de 2016 para hacer pedagogía sobre lo pactado, informar sobre su implementación y ampliar la participación de comunidades en territorios especialmente afectados por el conflicto armado. No pertenecen a un gobierno determinado: hacen parte de un compromiso asumido por el Estado colombiano, cuyos garantes son distintos países del mundo. 

El propio Ministerio TIC reportó en el primer trimestre de 2026 que las 20 emisoras operaban en 18 departamentos y producían alrededor de 43 horas semanales de programación local. En sus espacios participan víctimas, campesinos, firmantes del Acuerdo, comunidades étnicas, mujeres, jóvenes y organizaciones sociales. El dato permite dimensionar lo que se interrumpió: no sólo una señal, sino producción periodística hecha desde municipios donde el acceso a información local ha sido históricamente limitado.

Mantener encendido el transmisor no sustituye esa función. Una frecuencia musical enviada desde Bogotá puede seguir técnicamente al aire, pero no reemplaza una emisora que produce información en Bojayá, Tumaco, Arauquita, Ituango, Tierralta, Buenaventura o San Vicente del Caguán, ni los espacios creados para informar sobre la implementación del Acuerdo y abrir participación a las comunidades.

Personas vinculadas a Inravisión, antes RTVC, que hablaron con RAYA bajo reserva de su identidad por temor a consecuencias laborales, aseguraron que no recibieron una explicación previa sobre los criterios o la duración de la suspensión. La indicación que conocieron fue que se mantendría “hasta nueva orden”. En 2022, la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz informó que decisiones sobre estas emisoras se tomaban por consenso entre varias instancias estatales y el componente de Comunes, y que la definición de nuevas frecuencias pasaba por la CSIVI, la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final. La pregunta concreta es si esa instancia fue informada o consultada antes de suspender la programación. En la información pública revisada por RAYA no aparece una respuesta.

El derecho a la información no termina en los periodistas

La afectación no recae únicamente sobre quienes trabajan en la Radio Nacional de Colombia. El artículo 20 de la Constitución protege tanto la libertad de informar como el derecho de la sociedad a recibir información, y la Corte Constitucional ha desarrollado ese principio como un derecho de doble vía. En este caso, una frecuencia pudo permanecer técnicamente al aire mientras dejó de prestar el servicio informativo que permitía a una comunidad conocer lo que ocurre en su territorio, contrastar versiones y participar de la conversación pública.

El 19 de agosto, el debate ya había salido de Inravisión. En un editorial, El Espectador respaldó el diagnóstico de la nueva administración sobre una supuesta instrumentalización política del sistema durante el gobierno anterior, pero advirtió que la respuesta no debía limitar la capacidad de los medios públicos para producir información. Ese mismo debate apareció en una columna de Álvaro García, exgerente de RTVC y creador del noticiero en la época del gobierno Duque, quien consideró necesaria la intervención administrativa y, al mismo tiempo, sostuvo que eliminar la información no resolvía el problema de fondo.

El 20 de agosto, la FLIP, la Misión de Observación Electoral (MOE) y la Asociación Mundial de Radios Comunitarias para América Latina y el Caribe (AMARC ALC) rechazaron conjuntamente la suspensión. Las tres organizaciones sostuvieron que la medida restringía el acceso a información local y señalaron que, sólo en las 20 Emisoras de Paz, la decisión alcanzaba una red que llega a más de 463.000 personas, principalmente comunidades rurales, indígenas, afrodescendientes y campesinas de municipios afectados por el conflicto. También plantearon que una revisión administrativa o editorial podía adelantarse mediante alternativas menos restrictivas que suspender de forma general la programación informativa.

El 21 de agosto, el senador Iván Cepeda anunció una acción de tutela contra MinTIC e Inravisión. Cepeda sostiene que la suspensión vulnera los derechos fundamentales a la información, la libertad de expresión y la paz, y que desconoce obligaciones derivadas del punto 6.5 del Acuerdo Final. La tutela busca que un juez determine precisamente eso: si una decisión administrativa sobre la parrilla de un medio público puede interrumpir la programación de emisoras creadas por un compromiso de Estado y afectar derechos de sus audiencias. Hasta ahora no existe un fallo que establezca que hubo censura o incumplimiento del Acuerdo.

Antecedentes: cuando el Estado aplica mordaza 

Colombia tiene antecedentes graves de intervención estatal sobre la circulación de noticias. La censura a periódicos y a la radio se aplicó desde noviembre de 1949 bajo el estado de sitio y se mantuvo durante el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla. Décadas después, durante la toma y retoma del Palacio de Justicia, el 6 de noviembre de 1985, el Gobierno ordenó restringir las transmisiones sobre la operación mientras la radio pasó a emitir un partido de fútbol. La Comisión de la Verdad de la Corte Suprema de Justicia entonces calificó aquella censura como una restricción injustificada del derecho a la información.

Los episodios no son equivalentes. En 1985 existió una orden explícita de censura en medio de una operación militar y uno de los hechos más graves de la historia colombiana. En agosto de 2026, el Gobierno De La Espriella presentó la suspensión como una medida transitoria dentro de una reestructuración administrativa. El antecedente sirve para una comparación más precisa: en ambos momentos una decisión estatal sustituyó información de interés general por entretenimiento y dejó a las audiencias sin la cobertura que una red periodística estaba produciendo.

Un antecedente internacional muestra otra dimensión del problema. En junio de 2013, el gobierno griego cerró abruptamente la radiotelevisión pública ERT mientras anunciaba una reforma para reducir costos y reorganizarla. Cuatro canales de televisión y cinco estaciones de radio dejaron de operar. Reporteros Sin Fronteras advirtió entonces sobre el impacto de interrumpir el servicio público durante su reforma y sobre los riesgos para el pluralismo informativo.

La disputa colombiana no es por una parrilla ni por la continuidad de determinados periodistas. Es en realidad por el control de una infraestructura pública de producción y circulación de información. Una administración puede revisar contratos, formatos, incluso, posibles usos del sistema por el Gobierno de turno como había sucedido a lo largo de la historia reciente; sin embargo, lo que este episodio obliga a discutir es hasta dónde ese poder administrativo puede extenderse sobre un medio que pertenece a la sociedad y sobre la capacidad de las regiones para producir información a través de él. 

El debate que queda no es si los medios públicos deben servir al gobierno de turno ni si su alternativa es limitarse al entretenimiento. Es qué función cumplen en un sistema informativo profundamente concentrado. Reporteros Sin Fronteras señala que tres grandes conglomerados dominan la información en Colombia y que el 60 % del país carece de cobertura mediática de proximidad. En ese escenario, la radio pública cumple una función que el mercado no garantiza por sí solo: llevar información a territorios con poca oferta local y permitir que desde ellos también se produzca información.

Con la última información pública disponible, la programación informativa y territorial seguía suspendida y las Emisoras de Paz continuaban bajo el esquema musical anunciado como transitorio. El problema democrático no es escoger entre propaganda gubernamental y hegemonía privada. Es construir medios públicos independientes del gobierno, capaces de garantizar información de interés público allí donde el mercado llega de forma desigual. Si para desmontar un aparato que el Ejecutivo considera propagandístico se suspende el periodismo, la reforma termina afectando precisamente el derecho que debería proteger.

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